Hay una serie de declaraciones y comprobantes que se pueden conseguir en el DIMAS sin tener que hacer una cita. Estas son las declaraciones del artículo 1 LTUV (Declaracion de admisibilidad exenta) y prueba de devolución.
El comprobante de re-ingreso se puede solicitar cuando su permiso ya está expirado y ya a presentado su nueva solicitud a tiempo a DIMAS (3 meses antes de la expiración de su permiso de residencia). El comprobante de re-ingreso tiene una válidez de dos semanas.